A juicio de expertos en el área educativa, la medida sobre el nuevo
currículum escolar, publicada en la Gaceta Oficial número 41.044 del
pasado 2 de diciembre, presenta cambios preocupantes en cuanto a la
evaluación de los estudiantes, los horarios y la agrupación de materias
en áreas de formación.
La analista de políticas públicas en educación, Olga Isabel Ramos, explicó que la resolución 143 establece en su artículo 12 que obtendrán el título de bachiller los estudiantes que cumplan los requisitos especificados en el plan de estudios, sin embargo, en el artículo 8 solo se hace mención al cumplimiento de las horas semanales, 44 en las instituciones con turno integral o alterno y 34 en liceos con jornadas de medio tiempo.
“En la resolución lo que dice es que se debe cumplir el plan de
estudios, el plan de estudios fija las horas de cada área común o grupo
estable. Ese es un gran defecto de la resolución, tu no puedes decir que
la persona adquiere el titulo de bachiller por haber cursado una
asignatura esa cantidad de horas. Las preguntas que yo haría al
ministerio son: ¿Eso significa que la evaluación no existe? ¿Entonces yo
paso la asistencia diaria y solo debo revisar si el estudiante cumplió
con las 44 horas semanales en un liceo integral durante los cinco
años?”, dijo.
Consideró que el artículo 8 genera discriminación en cuanto a la
cantidad de tiempo que estudian los jóvenes y reduce las jornadas
dependiendo del tipo de liceo. “Los estudiantes que tuvieron la
mala suerte de estar en un liceo a medio tiempo tendrán menos horas para
aprender algunas áreas. Cuando tienes programas puedes
establecer la forma en que se trabaja. Hay discriminación porque unos
estudian algunas materias seis horas y otros ocho horas”, planteó.
Ramos advirtió que la resolución suscrita por el Ministerio para la
Educación evidencia la falta de criterio sobre determinadas
regulaciones. “Eso es una aberración en términos generales”, aseveró luego de denunciar que se está relegando la evaluación a la asistencia semanal.
Además, destacó que aunque no se fijó una escala de evaluación
infiere por las declaraciones oficiales que se mantendrá del 1 al 20,
diferenciándose de la educación de adultos, donde seguirá siendo del 1
al 5. “La escala permite tener grados para diferenciar los niveles del
desarrollo del conocimiento, aprendizaje y desarrollo de las
capacidades. Lo que define si la evaluación tiene cambios sustanciales o
no son los criterios que se utilizan para su calificación“, sostuvo.
Por último, manifestó que el “error garrafal” de la reforma
curricular es establecer la carga académica en “áreas de formación” sin
fijar sus respectivos programas. “Tu deberías tener un perfil
de conocimientos adquiridos, competencias y capacidades desarrolladas,
programar como vas a programar al principio del año escolar y como vas a
evaluar”, concluyó.
“Se busca garantizar el pleno desarrollo de las potencialidades
humanas, la formación de una ciudadanía protagónica, crítica y
consciente, así como la preparación para estudios posteriores en el
marco de la educación a lo largo de toda la vida”, es parte de la
justificación de la resolución donde se estableció el proceso de
transformación curricular en la educación media general.
Con información de Caraota Digital.
0 comentarios:
Publicar un comentario