El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sentenció la noche de este
martes que el presupuesto nacional 2017 deberá ser presentado por el
Presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, ante la Sala
Constitucional sin consultar a la Asamblea Nacional como se establecía
en el artículo 313 de la Carta Magna, reseña Globovisión.
Según nota de prensa enviada por el TSJ, se argumentó que la decisión
se debe frente a la imperiosa necesidad de cumplir una fase del proceso
de formación jurídica del presupuesto nacional, ante el deber de honrar
los postulados de separación y equilibrio entre los poderes que
conforman el Poder Público y con el propósito de mantener el
funcionamiento del Estado, la garantía de los derechos fundamentales y
el orden constitucional.
La decisión también se fundamentó en el desacato que voluntariamente
mantiene un grupo mayoritario de diputados que actualmente integran la
Asamblea Nacional, respecto de sentencias del TSJ y de la Constitución,
así como también en el Estado de Excepción y Emergencia Económica,
declarado constitucional por la Sala en sentencia N° 810 del 21 de
septiembre de 2016, cuya ampliación fue solicitada el pasado 3 de
octubre por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela,
Nicolás Maduro Moros, de conformidad con la previsión contenida en el
artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
Más información en Globovisión
TSJ aprueba vía sentencia que Ejecutivo presente presupuesto nacional ante Poder Judicial sin consultar a l… by La Patilla on Scribd
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