Sancionarán con 10 UT a vehículos con mataburro

El comandante de la IV División Blindada y Guarnición de Maracay, G/D Clíver Alcalá Cordones, anunció que en el marco del Dispositivo Bicentenario de Seguridad (Dibise), funcionarios activados en los puntos de control, se mantienen atentos ante la circulación en vía pública de vehículos portando instrumentos adicionales no permitidos ni autorizados por la oficina de Homologación del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre.

Este anuncio lo hizo el alto efectivo militar durante un encuentro que sostuvo con la directora regional del INTTT-Aragua, Samantha Sergen; el comandante del Destacamento 21 de la Guardia Nacional Bolivariana, Cnel. Marlon Dulcey; el Cnel Arturo López Medina, de la IV División y el Cnel. Gerardo Rujano Quintero, jefe del Estado Mayor de la 42 Brigada de Infantería Paracaidista, quienes en conjunto discutieron los basamentos legales para informar la aplicación de la Ley a lo largo y ancho del estado Aragua.

Explicó Sergen que la pena pecuniaria que establece la Ley es de 10 Unidades Tributarias, y la retención del vehículo con una notificación para que el propietario cancele la multa correspondiente y luego sustraiga el mataburro de su carro. El tiempo prudencial que permitirán las autoridades para eliminar el adaptable es de una hora, el mismo que toma para su instalación.

INTTT es el único autorizado

El Comandante de la IV División aprovechó la oportunidad para informar al colectivo aragüeño que el Cuerpo de Bomberos no es el ente responsable para emitir ningún permiso para la modificación de vehículos. “Para ello está el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre, que cuenta con el departamento de Homologación, que bajo una solicitud formal, es el único que tiene la potestad de emitir las debidas autorizaciones”.

Van 30 retenciones

El comandante del D-21 de la GNB, Cnel. Marlon Dulcey, informó que durante el fin de semana, en los más de 60 puntos del Dibise, que de manera itinerante recorren la entidad aragüeña, se ejecutó la detención de 30 personas que fueron orientadas sobre la prohibición del uso de los adaptables.

Asimismo, se informó a los medios de comunicación, que en el marco de este dispositivo se consideraron algunos elementos de seguridad en la entidad, para determinar cuáles puntos deben ser repotenciados y cuáles deben ser reubicados, especialmente en este esquema navideño, que desde ya amerita mayor atención en entidades bancarias y centros comerciales.

También se pudo conocer que se giraron instrucciones al Área de Defensa Integral N° 1 para la instalación de un punto de control mixto en el sector Paraparal, donde 40 familias fueron trasladadas a los refugios del Cuartel Páez, para que los amigos de lo ajeno no se aprovechen de esas casas que quedaron desocupadas.

Justificación legal

Samantha Sergen citó que la Ley de Tránsito Terrestre en su artículo 52 establece que “El Instituto Nacional de Transporte Terrestre practicará la revisión técnica, mecánica y física de los vehículos, a los fines de verificar el buen estado de funcionamiento y las características de las unidades del parque automotor existente. Los resultados de la revisión serán insertados al registro nacional de vehículos y de conductores y conductoras. Los vehículos que no aprueben la revisión no podrán circular por las vías públicas o privadas destinadas al uso público”.

Asimismo, mencionó que el artículo 57 del mismo reglamento estipula que “Cualquier transformación, modificación o cambio en sus características técnicas originales que alteren la estructura, función o aspecto de un vehículo, y que éste en ningún caso afecte la seguridad del transporte terrestre, podrá efectuarse solamente previa autorización, expedida por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre.

Mencionó la Gaceta Oficial N° 5.420 del 20 de junio de 1998, la cual especifica que los vehículos no pueden ser modificados bajo ningún aspecto en sus características particulares, esto con el fin de preservar la seguridad de la ciudadanía.

Caso Ochoa y Guerrero

Subrayó la directora regional del INTTT que es necesario dejar claro que cuando se produce un choque entre dos vehículos, uno queda en desventaja frente al que usa el mataburro. Precisó el caso puntual del accidente en el que fallecieron Néstor Ochoa y Roigar Guerrero, donde el vehículo que los chocó, aseguró Sergen, “iba a exceso de velocidad y con un mataburro, lo que produjo el deceso inmediato de los trabajadores de un medio de comunicación social de la región”.
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