El remedio fue peor que la enfermedad en la reforma de la Ley de Ejercicio de la Medicina que fue sancionada este jueves por la plenaria de la Asamblea Nacional (AN).
Ahora, los gremios médicos, tanto colegios como federaciones, no tendrán autonomía, puesto que tienen la obligación de registrarse y deben ser reconocidos por los ministerios de Salud y del Trabajo. Así lo establece el nuevo artículo 54, aprobado por las bancadas
oficialistas y que fue rechazado por los diputados de la Mesa de la Unidad, quienes denunciaron, no solo la improvisación con que fue redactada la reforma, sino “la forma avasallante que usaron para imponer por la vía de pseudo legal, lo que no han podido hacer por métodos legales”.
oficialistas y que fue rechazado por los diputados de la Mesa de la Unidad, quienes denunciaron, no solo la improvisación con que fue redactada la reforma, sino “la forma avasallante que usaron para imponer por la vía de pseudo legal, lo que no han podido hacer por métodos legales”.
Lo cierto es que esta reforma que, al principio, solamente pretendía el reconocimiento de los médicos integrales y comunitarios como profesionales de la salud, se convirtió en la punta de lanza para “acabar con los gremios profesionales, porque comenzamos por los médicos, pero luego seguirán con otras profesiones”, según denunciaron los parlamentarios de oposición.
Con la modificación del artículo 4 se establece que además de los colegios y las federaciones puede haber otras organizaciones, y tanto es así que en el artículo 55 señala que estos gremios alternos pueden constituirse “por la iniciativa de un número no menor de 10 médicos que hayan establecido su domicilio o residencia en el respectivo estado”. El presidente de la comisión de Desarrollo Social Integral, Oswaldo Vera (PSUV/Vargas), explicó que “con la reforma se establecerá la libertad para que los médicos se agremien voluntariamente en las organizaciones profesionales existentes sin menoscabo de poder ejercer la profesión”.
La motivación de reformar el cuarto artículo es la respuesta directa a las amenazas que ejecutó la dirección gremial de la Federación Médica Venezuela en contra de los 8.250 médicos integrales comunitarios próximos a graduarse. Ellos no pueden colocar una soga al cuello en lo que respecta a la libertad de asociación contemplada en el artículo 52 de la Constitución venezolana.
Amenazaron con desconocer los títulos de los nuevos profesionales, y aquí tienen sus respuestas, que es la suprema libertad para afiliarse en los gremios que mejor les parezca a los especialistas en salud”, dijo. Dinorah Figuera, de Primero Justicia, dijo que “esto no es más que un paralelismo de Estado que se ha venido afianzando con el desconocimiento de los tradicionales gremios que representan a los profesionales de la medicina.
Además, se avisora la instalación de nuevos sindicatos apegados al oficialismo y así ocultar los casos de mala praxis médicas que hemos venido alertando cuando los médicos integrales atiendan al pueblo”. También fue reformado el artículo 16 de la ley y ahora se prohibe que los médicos trabajen más de 8 horas diarias o que ejerzan dos cargos a la vez, en el sector público.
Además, este dispositivo obliga a los empleadores de médicos a elaborar un listado de los profesionales de la salud que laboran en las distintas instituciones y enviarlo al ministerio y a los colegios, junto con el horario de cada uno. Se subraya que si un médico tiene dos trabajos cuyos horarios coinciden, debe renunciar a uno de ellos.
Por cierto, el artículo 16 fue “reformado en caliente”, puesto que allí mismo, en la plenaria, el diputado Oswaldo Vera, junto con Cilia Flores, redactaron, a mano alzada, la propuesta. Durante la sesión se aprobaron las modificaciones de los artículos 1, 2, 3, 4, en su numeral 3 y 4, 6, 7, 14, 16, 22, 27, 30, 31, 32, 35, 40, 47, 54, 66, 74, 100, 113, 117, 120, 126, y dos disposiciones derogatorias.
0 comentarios:
Publicar un comentario